
Murcia, 14 oct (EFE).- Una trabajadora en paro al que le fue reclamada la devolución del subsidio de desempleo que había recibido por rescatar su plan de pensiones no estará obligado a ello, según se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ).
El SPEE le retiró la prestación y acordó el reintegro de parte de ella, recogía el relato de hechos probados fijado por el Juzgado de lo Social.Y añadía que la demandante no comunicó al citado organismo ambos rescates, “pero en la declaración del Impuesto sobre la Renta del año 2013 reflejó los ingresos del rendimiento en el trabajo por importe de 20.700 euros anuales, que superaban el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional y que recogían los rescates”.